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Funciones

Son funciones de la Escuela de Doctorado:

a)

Dentro de su ámbito de competencia, organizar el doctorado en la Universidad.

b)

Proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de la creación, modificación y supresión de los programas de doctorado. 

c)

Velar por la calidad de los programas de doctorado.

d)

Garantizar que los programas de doctorado se adecuen a la estrategia de investigación de la Universidad.

e)

Proponer al Consejo de Gobierno la normativa académica de los estudios de doctorado.

f)

Evaluar el rendimiento de la política de becas y ayudas predoctorales de la Universidad y, si procede, efectuar propuestas para la mejora de su eficacia.

g)

En el marco de la normativa de la Universidad, proponer al Consejo de Gobierno un reglamento interno que regule los derechos y deberes de los doctorandos y doctorandas, de los tutores y tutoras y de los directores y directoras de tesis.

h)

En el marco de la normativa de la Universidad, reglamentar las comisiones académicas de los programas de doctorado, atendiendo a sus especificidades.

i)

Proponer al rector o rectora, para su aprobación, la composición de los tribunales de las tesis doctorales, previo informe de la comisión académica del programa de doctorado en el que se lleven a cabo.

j)

Proponer al Consejo de Gobierno, para su aprobación, la normativa relativa a los premios extraordinarios de doctorado.

k)

Planificar la oferta de actividades transversales o específicas, para una formación adecuada de los doctorandos y doctorandas.

l)

Asegurar que en los programas de doctorado exista una masa crítica de personal docente e investigador y de doctorandos y doctorandas suficiente para garantizar su calidad.

m) 

Fomentar la cooperación interuniversitaria en los ámbitos nacional e internacional.

n)

Favorecer la incorporación de doctores y doctoras al sector empresarial, y la internacionalización del doctorado.

 

Corresponde a la Escuela de Doctorado, en el ámbito de la gestión:

o)  

Elaborar el plan estratégico en el marco de la planificación estratégica de la Universidad.

p)  

Presentar al Consejo de Gobierno la relación de recursos personales y materiales necesarios para llevar a cabo sus funciones.

q)

Participar en el proceso de selección, formación, evaluación y promoción del personal de administración y servicios adscrito, en los términos establecidos en estos Estatutos y la normativa de desarrollo.

r)

Proponer y administrar el presupuesto anual de funcionamiento.

 

También corresponderán a la Escuela de Doctorado todas las funciones que les sean atribuidas por la legislación vigente, estos Estatutos y los reglamentos de la Universidad, o todas las que le puedan ser encomendadas por el Consejo de Gobierno.

Sección 5. Escuela de Doctorado, artículo 35. Funciones, Estatutos de la Universitat Politècnica de Catalunya de 2012, DOGC núm. 6140, de 1 junio de 2012; corrección de errores: DOGC núm. 6257, de 20 de noviembre de 2012.