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Resolución

Las equivalencias al nivel académico de doctor o doctora son resueltas por el rector o rectora, de acuerdo con la propuesta elaborada por el director o directora de la Escuela de Doctorado.

La resolución de equivalencia se materializará con la expedición de un certificado acreditativo, previo pago del precio público correspondiente en el momento de proceder a la expedición de la credencial. La resolución de equivalencia se comunicará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

La equivalencia en el nivel académico de doctor o doctora no implicará, en ningún caso, la homologación, la declaración de equivalencia o el reconocimiento de otro u otros títulos extranjeros que estén posesión de la persona interesada, ni su reconocimiento en España a un nivel diferente del de doctor o doctora.