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La Comisión Permanente

Foto: Comisión Permanente de la Escuela de Doctorado

 

La Comisión Permanente, presidida por el director o directora, es el órgano ejecutivo y de representación permanente de la Junta de la Escuela de Doctorado.

Funciones

  • Velar por el cumplimiento del presente reglamento y los acuerdos adoptados en la Junta.

  • Regular el uso de la denominación de la Escuela y de su identidad corporativa, en el marco de la normativa de la Universidad.

  • Crear las comisiones consultivas que considere oportunas.

  • Elaborar el plan estratégico de la Escuela de Doctorado, en el marco de la planificación estratégica de la Universidad.

  • Diseñar e implementar el sistema de calidad para el seguimiento de las actividades y los resultados de los programas de doctorado.

  • Aprobar la liquidación y la distribución anual del presupuesto asignado a la Escuela de Doctorado.

  • Autorizar las partidas económicas para cubrir las necesidades de infraestructura y mantenimiento que no estén asignadas en el presupuesto anual de funcionamiento.

  • Velar por la agilidad del funcionamiento de la Escuela de Doctorado, de acuerdo con la normativa vigente.

  • Fijar las actividades de formación transversal de los doctorandos y doctorandas, y regular asimismo las actividades de interés para su formación en el ámbito de la investigación.

  • Favorecer la incorporación de doctores y doctoras en el sector empresarial, y la internacionalización del doctorado.

  • Evaluar el rendimiento de las políticas de becas y ayudas predoctorales de la Universidad, y, en su caso, realizar propuestas a fin de mejorar su eficacia.

  • Proponer al rector o rectora, para su aprobación, la composición de los tribunales de las tesis doctorales, previo informe de la comisión académica del programa de doctorado en que se realizan.

  • Llevar a cabo o delegar en otro órgano el escrutinio de las votaciones de la Mención cum laude.

  • Resolver las convocatorias correspondientes de los premios extraordinarios de doctorado.

  • Establecer los procedimientos que es necesario seguir para el reconocimiento de actividades formativas y otros aspectos de la formación de los invesigadores e investigadoras.

  • Establecer los procedimientos de resolución de conflictos en los estudios de doctorado.

  • Fomentar acciones para llevar a cabo la dirección y el plan estratégico de la Escuela de Doctorado.

  • Proponer al Consejo de Gobierno el nombramiento de un doctor o doctora honoris causa.

  • Proponer iniciativas y aspiraciones, y manifestar su opinión sobre cuestiones que afecten a la Escuela de Doctorado y su entorno.

  • Proponer a la Junta entidades colaboradoras que puedan participar en las actividades de la Escuela de Doctorado.

  • Participar en el proceso de selección, formación, evaluación y promoción del personal de administración y servicios adscrito, en los términos establecidos en los Estatutos.

  • Proponer asuntos para su inclusión en el orden del día de las sesiones de la Junta.

 

Composición 

Miembros natos

Miembros electos