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La Junta de la Escuela de Doctorado

Foto: Junta de la Escuela de Doctorado en la sesión de 12 de diciembre de 2019

 Acuerdos de la Junta de Escuela

 

La Junta, presidida por el director o directora, es el máximo órgano de gobierno colegiado de la Escuela de Doctorado. La Junta vela por el adecuado cumplimiento por parte de la Escuela de Doctorado de todas las funciones que le son atribuidas por la normativa vigente, los Estatutos de la UPC y el Reglamento de organización y funcionamiento.

La Junta actúa como comité de dirección, de acuerdo con lo previsto por el artículo 9.6 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

Funciones

  • Aprobar el plan estratégico de la Escuela de Doctorado, en el marco de la planificación estratégica de la Universidad.

  • Sancionar el informe de gestión de la Escuela de Doctorado que presente el director o directora de la Escuela de Doctorado.

  • Fomentar acciones para favorecer la dirección y el plan estratégico de la Escuela de Doctorado.

  • Proponer al Consejo de Gobierno la aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Escuela de Doctorado y sus modificaciones.

  • Proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de un reglamento de régimen interno que regule los derechos y deberes de los doctorandos y doctorandas, de los tutores y tutoras y de los directores y directoras de tesis, así como la composición y las funciones de las comisiones académicas de los programas de doctorado.

  • Proponer al Consejo de Gobierno la normativa académica de los estudios de doctorado y sus modificaciones.

  • Aprobar el documento de diseño e implementación del sistema de calidad de los programas de doctorado y realizar su seguimiento.

  • Proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de la creación, modificación y supresión de los programas de doctorado.

  • Proponer al Consejo de Gobierno la normativa relativa a los premios extraordinarios de doctorado y resolver las convocatorias correspondientes.

  • Reglamentar las comisiones académicas de los programas de doctorado, de acuerdo con las propuestas facilitadas por la dirección de la Escuela, en el marco de la normativa de la Universidad.

  • Proponer al Consejo de Gobierno la creación, modificación o supresión de ámbitos de conocimiento de la Escuela de Doctorado, para su aprobación.

  • Presentar al Consejo de Gobierno, para su aprobación, la propuesta o modificación del código de buenas prácticas (carta doctoral).

  • Aprobar la propuesta del presupuesto anual de funcionamiento que le corresponde y aprobar, para su presentación al Consejo de Gobierno, la relación de recursos personales y materiales necesarios per llevar a cabo sus funciones.

  • Proponer iniciativas y aspiraciones, y manifestar su opinión sobre cuestiones que afecten a la Escuela de Doctorado y su entorno.

Composición

Miembros natos:
 

Miembros electos: